La Junta de Andalucía ha aprobado un decreto-ley por el que se rebaja el tipo general del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), con el fin de estimular la recuperación económica de Andalucía. El decreto-ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
La medida consiste en la reducción del tipo impositivo general aplicable a la transmisión de bienes inmuebles (Transmisión de bienes inmuebles a título oneroso) y la constitución y transmisión de derechos reales sobre los mismos, con excepción de los de garantía, pasando de las tasas actuales del 8%, 9% y 10% a una tasa general única del 7% . Asimismo, se reduce el tipo impositivo general de las escrituras notariales (Stamp Duty) del 1,5% al 1,2%.
Así, en el caso de una transmisión de un inmueble valorado en 180.000 euros entre dos personas físicas, según las normas existentes antes de la entrada en vigor de este decreto-ley, la base imponible se multiplicaba por el tipo del 8% del primer tramo de el arancel (que se aplica hasta 400.000 euros), que dio lugar a una obligación tributaria de 14.400 euros. Desde la publicación del decreto-ley, el impuesto a pagar es de 12.600 euros previa aplicación de un tipo general del 7%. El ahorro así realizado es por tanto de 1.800 euros.
En el caso de una transmisión entre particulares de una plaza de aparcamiento por valor de 24.000 euros, el impuesto a pagar era hasta ahora de 1.920 euros (tipo del 8%), pero con el nuevo tipo del 7%, el impuesto resultante es de 1.680 euros, el ahorro es por tanto de 240 euros.
Por otro lado, el acto público por el que se formalice la transmisión de una vivienda nueva por valor de 200.000 euros por parte de una empresa promotora tributaría con la normativa vigente (Decreto Legislativo 1/2018) al tipo general del 1 . 5%, lo que supondría una obligación tributaria de 3.000 euros. Con la reducción al tipo general del 1,2%, el impuesto a pagar es de 2.400 euros, lo que supone un ahorro de 600 euros.
Reactivación del sector inmobiliario e incentivo a la obra nueva
La medida, que estará vigente desde el día siguiente de su publicación en el BOJA hasta el 31 de diciembre de 2021, tiene un doble objetivo. Por una parte, impulsar la reactivación del sector inmobiliario, mediante la rebaja de la tributación vinculada a la adquisición de viviendas de segunda mano ; por otro lado, incentivar la oferta de obra nueva a precios más asequibles, mediante la reducción de los costes fiscales que genera la modalidad AJD, en definitiva, el objetivo último es aligerar la carga fiscal en el acceso a la vivienda.
La Junta de Andalucía aprueba este decreto-ley en continuidad con las medidas urgentes aprobadas por el Consejo de Gobierno para paliar la situación de crisis generada por el Covid. En particular, en el ámbito fiscal, es necesario continuar implementando medidas de apoyo fiscal para mitigar el posible impacto del escenario económico de confinamiento en la economía andaluza.
Esta medida profundiza la reducción fiscal aprobada en abril de 2019, que se tradujo en:
En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la reducción de los tramos autonómicos para adecuarlos a la escala estatal (de ocho tramos existentes en 2019, pasarán a cinco en 2023) y los tipos de reducción aplicables en incrementos graduales (del 10% al 25,5% en 2019, aumentarán a un rango de 9,5% a 22,5% hasta el ejercicio 2023), medidas que benefician a 3,7 millones de contribuyentes.
El establecimiento de tipos impositivos reducidos en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD). Así, se ha establecido un tipo reducido para las familias numerosas en el marco del impuesto sobre transmisiones patrimoniales caras del 3,5%, frente al 8% anterior, para la adquisición de vivienda habitual hasta 180.000 euros.
Supresión del tipo incrementado del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (AJD), en el que se suprime la exención del IVA (que estaba en vigor desde 2003), para que pase del 2% al 1,5%.Reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) para los grupos I y II.
Posteriormente, se siguieron adoptando otras medidas, como la reducción del tipo del impuesto sobre el patrimonio por la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.
En resumen, el coste de compra disminuye entre un 1,3% y un 3,3% en función del importe de la adquisición de un inmueble de segunda mano, un 1,3% hasta un importe de compra de 400.000€, un 2,3% para un importe entre 400.000€ y 700.000€ y el 3,3% para una adquisición superior a 700.000 €.
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